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Conoce las actualizaciones en las Reglas Generales de Comercio Exterior 2021

El comercio exterior es una actividad altamente demandante y en la que se requiere la asesoría de un agente aduanal para cumplir con las reglas tanto del territorio nacional, como del país con el que se busca comercializar. Hoy, en el blog de SK LOGISTICS te contaremos las actualizaciones más recientes, acompáñanos a conocerlas.

¿Qué son las Reglas Generales de Comercio Exterior?

Se trata de una serie de lineamientos establecidos por el Gobierno Federal y la autoridad aduanera, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el objetivo de establecer los medios, formas y pasos para declarar las operaciones ante las aduanas. Desconocer e incumplir las reglas y sus modificaciones, puede traer consigo multas, sanciones y retrasos en los tiempos de operaciones de comercio exterior.

En este punto resalta la importancia de la asesoría de un agente aduanal: cumplir con los tiempos, con los lineamientos marcados y las características de la mercancía con la que se trabaja. A continuación, mencionaremos las actualizaciones más recientes, desde julio de 2020:

Actualización del 24 de julio de 2020

Implementación del Sistema de Operación Integral Aduanera (SOIA) a través del portal del SAT para consultar la información de los pedimentos de forma electrónica, con previa solicitud de seguridad para entrega de información.

Se eliminaron los beneficios y facilidades para la modalidad de IVA e IESPS: exención de la obligación de transmitir la manifestación de valor; el retorno o importación definitiva de mercancías recibidas en transferencia en un plazo de 36 meses; devolución de IVA en plazos cortos; inscripción inmediata en padrones de importación para sectores de calzado, textil, siderúrgico y de exportadores en productos de plástico, caucho, madera, papel, vidrio, hierro, acero y aluminio; plazo de 60 días para corregir irregularidades fiscales en operaciones de comercio exterior; plazo de 60 días para sustituir un embargo precautorio de mercancías por garantías; permanencia de mercancía importada por un plazo de hasta 36 meses.

Actualización del 26 de octubre de 2020

Se otorgaron las facultades a la Administración General de Servicios al Contribuyente que anteriormente correspondían a la Administración Central de Operación de Padrones para: notificar a los contribuyentes respecto a causales de suspensión de padrones en los que hayan incurrido; corroborar si el contribuyente logró subsanar la irregularidad que causó la suspensión de los padrones y recibir de las agencias aduanales a través del buzón tributario las peticiones para dejar un encargo conferido.

Se incluyeron datos multables Incoterm y los decrementables en el Anexo 19.

Se suspendió el padrón de importadores de productos radiactivos y nucleares a los contribuyentes que tenían licencias, las cuales fueron revocadas, suspendidas o canceladas.

Actualización del 22 de diciembre de 2020

Se actualizó la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación que se encontraba vigente desde el 28 de diciembre de 2020, así como la Ley Aduanera. Ambas actualizaciones llevaron a la implementación de los Números de Identificación Comercial (NICO´s) respecto a las mercancías que se exportan en importan del país. Además, se eliminó el fideicomiso constituido con contraprestaciones obtenidas por servicios de prevalidación electrónica de datos.

Actualización del 5 de marzo de 2021

Debido a la emergencia sanitaria causada por la pandemia por COVID-19 se establecieron facilidades a contribuyentes residentes permanentes, nacionales repatriados o deportados para importar su menaje de casa utilizado durante su periodo de residencia en el extranjero sin tener que presentar una declaración certificada por el consulado mexicano del país de residencia.

También se permitió a los infractores que no acreditaron el cumplimiento de las NOM durante el reconocimiento aduanero para que las mercancías retenidas fueran en el domicilio declarado en el pedimento, tras haber cumplido los requisitos correspondientes.

Actualización del 27 de mayo de 2021

Se modificaron los lineamientos para transmitir la manifestación de valor a los importadores a través de la ventanilla digital.

Se actualizaron las fracciones arancelarias genéricas con el NICO acorde a la nueva tarifa ante la importación de: cerveza, bebidas alcohólicas y tabaco. Las tasas globales a pagar por estos bienes disminuyeron en la importación de mercancía proveniente de países pertenecientes al TLC.

Actualización del 1 de junio de 2021

Se ajustaron las reglas relacionadas a operaciones realizadas bajo el amparo de los Tratados de Libre Comercio y de acuerdos comerciales que fueron firmados por México para incluir el Acuerdo de Continuidad Comercial entre México y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte para mantener las condiciones preferenciales que estaban en el Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea (TLCUEM), que dejó de operar para el Reino Unido.

Actualización del 11 de junio de 2021

Se adecuaron reglas relacionadas con los componentes de integración para el uso de dispositivos tecnológicos en las aduanas del país, con el fin de agilizar los procesos de importación y exportación y se incluyeron en el Anexo 3, donde se establecen las aduanas y secciones donde se cuenta con esos componentes.

Se establecieron las mercancías por las que solo se otorgará autorización a las empresas productivas, sus organismos subsidiarios y empresas subsidiarias para el ingreso o salida de mercancías del territorio nacional por un lugar distinto al autorizado.

Se añadieron obligaciones relacionadas con el Complemento de Carta Porte al CFDI: transmitir al Sistema Electrónico Aduanero el folio fiscal del CFDI con el complemento y en el realizado sin impresiones de pedimento, copias simples o aviso; consignar ese folio fiscal en el dispositivo tecnológico para tramitar un documento aduanero; presentar en el despacho aduanero el folio fiscal o la representación del CFDI con el complemento correspondiente a la mercancía, junto con el pedimento consolidado.

Actualización del 10 de septiembre de 2021

Se ajustaron las reglas de suspensión y activación de padrones para que los contribuyentes inscritos en padrones de sectores específicos, o en el sectorial puedan ser suspendidos solo en el o los sectores correspondientes con base en el incumplimiento del que se trate. Y, los contribuyentes suspendidos podrán solicitar que se deje sin efectos la suspensión conforme a la ficha de trámite 7/LA del Anexo 1-A, que se actualizó para tal efecto

 

Actualización del 22 de septiembre

Se prorrogaron las obligaciones del complemento carta porte del CFDI hasta el 1 de enero de 2022 para el traslado de mercancía por territorio nacional, siendo exigible desde el 1 de diciembre de 2021.

Actualización del 24 de diciembre de 2021

Se publicaron en el Diario oficial de la Federación, las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 (RGCE 2022) y su Anexo 13, que entrarán en vigor desde el 1 de enero de 2022 respecto a la emisión del CFDI con Complemento Carta Porte para amparar el transporte de mercancías para comercio exterior con pedimento consolidado, pedimento parte II, tránsitos internos en franja o región fronteriza, entre otros que entrarán en vigor a partir del 31 de marzo de 2022.

Esperamos que esta información te sea de utilidad para el cumplimiento de tus obligaciones relacionadas con el comercio exterior. En SK LOGISTICS encontrarás al agente aduanal que necesitas para mantenerte al día con la autoridad aduanal y seguir realizando operaciones rentables y exitosas.

Para más información y agendar una cita, contáctanos al teléfono 33 2101 0491 o visítanos en Torre 500, Av. Américas #1254, Piso 10, Colonia Country Club, 44610, Guadalajara, Jal. ¡Con gusto te atenderemos!

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